14.2.12

EL SERPAJ PRESENTÓ UN HABEAS CORPUS COLECTIVO POR LA REPRESIÓN EN TINOGASTA

El Servicio Paz y Justicia (Serpaj), organismo defensor de los Derechos Humanos con status consultivo ante las Naciones Unidas que preside el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, rechazó la represión contra asambleístas de la ciudad de Tinogasta, en Catamarca, denunció la actuación de la fiscal subrogante Liliana Carrizo y de la policía provincial, y presentó en los tribunales locales un recurso preventivo de la integridad física de las personas que participan de las protestas contra la megaminería.

El escrito presentado por la Coordinadora Nacional del Serpaj, Ana Almada, y la abogada de la organización, Mariana Katz, incluye a quienes se están manifestando en el corte selectivo a los vehículos mineros que ingresa con destino a la explotación minera a cielo abierto con insumos destinados a distintas empresas, así como a los que mantienen una manifestación permanente a un costado de la ruta Nacional 60, a la altura del puente o “Arco” de la entrada a Tinogasta.

El Serpaj reclama que se garantice los derechos a la libertad de expresión, de reunión y de peticionar y reclamar ante las autoridades en condiciones normales, haciendo operativos los presupuestos normativos establecidos en los artículos 14 de la Constitución Nacional Argentina, y los artículos 7 y 10 de la Constitución de la provincia de Catamarca.

También solicita al estado nacional y al provincial que provean de estos derechos fundamentales que hacen el edificio institucional de la democracia.

El organismo defensor de los Derechos Humanos reclama ordenar al Ministerio de Gobierno y Justicia de la provincia -de quién depende la seguridad de los ciudadanos- que garantice en condiciones pacíficas el desarrollo de la protesta, absteniéndose de ejercer acciones directas de violencia contra los mencionados asambleístas y/o manifestantes.

Recuerda que el artículo 43 de la Constitución Nacional reglamenta la acción expedita y rápida de amparo -siempre que no exista otro medio judicial más idóneo- contra todo acto u omisión de las autoridades públicas.

Por otra parte, la ampliación de la protección de los derechos individuales operada por la incorporación al texto constitucional, entre otros tratados de derechos humanos, de la Convención Americana de Derechos Humanos ha significado una ampliación del estándar de protección de la libertad ambulatoria, desarrollando acciones de toda índole para evitar la devastación de sus territorios entre las que se incluye esta medida de resistencia, debido a la falta de soluciones a sus reclamos que hasta hoy no tienen divida contestación por parte del poder público.

El Serpaj afirma que entre las acciones pacíficas que vienen llevando a cabo los asambleístas y vecinos autoconvocados para evitar la devastación de sus territorios está el corte de ruta selectivo, que no impide la libre circulación de la ciudadanía ni constituye un bloqueo a la ruta Nacional 60, donde transitan diariamente y con total normalidad automóviles y otros vehículos particulares, así como también el transporte público.

Finalmente sostiene que el así denominado corte de la ruta selectivo se hizo, se hace y se continuará haciéndose, respetando el derecho de los ciudadanos a transitar libremente, ya que su objetivo o fin específico no es impedir el paso sino resguardar los derechos a la vida, la salud y la libre determinación de los pueblos, evitando el paso de los vehículos de la minera que transportan desechos tóxicos y el funcionamiento de esta empresa minera, que actúa en total desprecio y avasallo de los derechos de la gente.